En la defensa de la erección del futuro Monumento Nacional a la Bandera
(1940-1942)
(1940-1942)
Por Juan Manuel Castagnino
El 23 de enero de 1939 el gobierno de la Nación, por ley 12.575, autorizó a invertir la suma de un millón de pesos para la obra del Monumento a la Bandera, a la vez que se inició una colecta popular. El 22 de septiembre de 1940 se llamó a concurso para la obra que sería adjudicada a Angel Guido y el 16 de diciembre de 1942 se firmó el contrato respectivo.
A partir del 23 de enero de 1939 se inició el tiempo final para que los historiadores partidarios del izamiento de la Bandera en la Isla del Espinillo presentaran la oposición y así lo hicieron logrando inicialmente el decreto N° 112.765 del 4 de febrero de 1942, firmado por el vicepresidente Ramón S. Castillo y Guillermo Rothe, ministro de Justicia e Instrucción Pública, que declaró sitio histórico a la Batería "In-dependencia" en la isla y ningún otro, negando indirectamente esa gloria histórica al sitio de la Batería "Libertad" en la barranca del entonces pueblo de Rosario. Como consecuencia, este decreto probablemente habría entorpecido o hasta impedido la realización de las obras del Monumento Nacional a la
Bandera en la ciudad de Rosario, pues aún no se habían iniciado.
En efecto, el 8 de octubre de 1940, por Ley Nacional N° 12665, se. había creado la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública. El 12 de noviembre de ese año, tres integrantes de dicha Comisión Nacional: el general Francisco Medina, el almirante Ismael Galíndez y el señor Alejo González Garaño, que con anterioridad por Superior Decreto del 5 de noviembre de 1933 estaban constituidos y actuaban como Comisión Informativa de los Antecedentes de los Símbolos Patrios, anticiparon por nota su dictamen oficial para conocimiento del doctor Miguel J. Culaciati, quien se los había solicitado en ejercicio de sus facultades de ministro del Interior de la Nación. La Comisión Nacional le informaba oficialmente su rotunda y terminante conclusión de que el primer izamiento de la Bandera había sido en la isla situada frente a Rosario, en la Batería Independencia. Tal dictamen tenía el gran valor de que sería oportunamente el antecedente y fundamento del decreto correspondiente, el citado N° 112.765. Siendo así, enterado del trámite en curso, el ministro Miguel J. Culaciati rápidamente solicitó a la Academia Nacional de la Historia que expidiera su dictamen sobre el tema. Con tal motivo se formó el expediente N° C-16.756 donde la misma designó a su vez ,a su miembro de número doctor Juan Alvarez, el 21 de junio de 1941, para que dictaminara sobre el asunto y éste lo hizo el 22 de julio siguiente en solo treinta días, basado en su investigación en el Archivo General de la Nación donde había un legajo oficial con una nota firmada por Nicolás Herrera, Secretario de Guerra y Hacienda del Triunvirato, fechada el 10 de agosto de 1812, en la cual dice que el lugar en cuestión era la Batería Libertad. El doctor Juan Alvarez además apoyó su dictamen en la tradición oral rosarina que incluye el propio testimonio de Cosme Maciel quien manifestó que él mismo izó la bandera en la barranca por orden de Belgrano. Finalmente el 3 de junio de 1942, por Decreto N° 121.663, el vicepresidente Ramón S. Castillo, en ejercicio del Poder Ejecutivo, acompañado del ministro Guillermo Rothe, resolvió la dura oposición de los historiadores mencionados declarando como el lugar histórico a la Batería "Libertad" donde se izó por primera vez la Bandera Argentina, (según Boletín de la Academia Nacional de la Historia, volumen XV, página 273, conclusión histórica, a partir de dicho dictamen del doctor Alvarez, que había sido aprobado por unanimidad de votos de los académicos el 26 de julio de 1941 y comunicada al ministro Culaciati el 29 de julio de 1941), sustituyendo así el término batería "Independencia" del anterior decreto N° 112.765, que cuatro meses antes había sido firmado por Castillo y Rothe. Destacamos entonces la oportuna y rápida reacción de Miguel J. Culaciati para que se determinara definitivamente el lugar del izamiento de la Bandera Nacional, disipando las dudas sobre si había sido en la batería en tierra firme ("Libertad") o en frente en la Isla del Espinillo ("Independencia") y m consecuencia la eficaz defensa que, junto con el doctor Juan Alvarez, (en se tiempo Procurador General) de la Nación), de la erección del Monumento Nacional a la Bandera en la ciudad le Rosario, conforme la verdad histórica de los hechos del 27 de febrero de 1812.
Fuente: Extraído de la Revista “ Rosario, su Historia y Región”. Fascículo N.º 108 de Junio de 2012