jueves, 30 de julio de 2015

LA "CONSTITUCIÓN DEL '21"



Por Miguel Angel De Marco

En lo político-institucional, gravitaron en el período que venimos rese­ñando las discusiones derivadas de la sanción de la Constitución Provincial de 1921, que introdujo profundas reformas al derecho público santafesino. Hubo enérgicas        discusiones en la Legislatura, a través de la prensa y en los ámbitos gubernativos, donde prevaleció la tesis de vetarla.
Entre los puntos rispidos de la denominada Constitución del 21, se hallaban la eliminación del preámbulo, de la religión Católica como credo del Estado y, en otro orden, de las loterías y juegos de azar. La Carta disponía también la inmovilidad de los empleados públicos y regulaba los actos de las intervenciones, fijaba las "bases del régimen económico y del trabajo" y del sistema electoral; suprimía el requisito de pertenecer a la religión católica para ser elegido gobernador y vicegobernador, como también el juramento para la asunción de los cargos públicos, reemplazado por una simple promesa de cumplir con la Constitución y las leyes. Dividía a las municipalidades en tres categorías: las que pertenecían a la primera, como Rosario, debían darse sus propias Cartas; creaba la Corte Suprema de Justicia y el Jury de enjuicia­miento para magistrados, y establecía la enseñanza gratuita, integral y laica.
Meses después del movimiento militar del 6 de septiembre de 1930, cuyo jefe y seguidores se hallaban fuertemente impregnados de las ideas corporativistas entonces en boga, hubo elecciones generales, pero como el radicalismo resultó triunfante en la provincia de Buenos Aires, fueron suspen­didos los comicios en Santa Fe, Corrientes y Córdoba. Previa exclusión de las candidaturas de personas que hubieran pertenecido a aquel partido, vol­vióse a llamar a la ciudadanía a las urnas, y en Santa Fe triunfó el Partido Demócrata Progresista. Ello determinó la declaración de la vigencia de la Constitución del '21, que rigió hasta la intervención federal a la provincia, en octubre de 1935.
En cumplimiento de lo mandado por la constitución, se realizó en Rosa­rio, en 1933, una Convención Municipal que dictó una Carta para la ciudad, la cual rigió hasta la intervención citada.
En el orden nacional, las elecciones, condicionadas por la proscripción del radicalismo, dieron la presidencia al general Agustín P. Justo (1932-1938). Lo sucedió en el mando el doctor Roberto M. Ortiz, quien, enfermo, no pudo concluir su mandato, cediéndolo al vicepresidente, doctor Ramón S. Castillo, que a su vez no logró finalizarlo pues lo derrocó el movimiento militar del 4 de junio de 1943.
El drama de la Segunda Guerra Mundial, como antes la Guerra Civil Española, compartió, junto con los grandes hechos nacionales acaecidos en esta etapa, un lugar en la mente y en el corazón de los rosarinos.
A lo largo del período que venimos reseñando, Rosario soportó resignada constantes cambios de conducción municipal, pues, salvo el período de vigencia de la Constitución del '21, en que los intendentes eran elegidos por votación popular, el gobernador de la provincia designaba directamente al lord mayor, mientras el vecindario solo sufragaba para la integración del Concejo Deliberante.
Entre otros intendentes, merecen una mención especial los doctores J. Daniel Infante (1912-1913) y Miguel Culaciatti (1935-1938), por el impulso que dieron a distintas obras de mejoramiento urbano.
No faltaron durante esos años los enfrentamientos entre radicales perso­nalistas —que respondían a la enigmática figura del dos veces presidente Hipólito Yrigoyen (1916-1922; 1928-1930)y antipersonalistas—seguidores de Marcelo T. de Alvear, primer mandatario entre 1922 y 1928, y de éstos con los demócrata-progresistas, socialistas y comunistas. Como las costumbres cívicas distaban aún de haber alcanzado la madurez, abundaron las denuncias de fraude en los comicios.
Fuente: Extraído de Libro “ Rosario desde sus orígenes hasta nuestros días” Síntesis Histórica. Editorial Librería API  2º Edición. Rosario 1984.